Propuestas de La Fragua Projects a la “consulta pública previa a la elaboración de un proyecto normativo consistente en una «ley orgánica contra el racismo, la discriminación racial y formas conexas de intolerancia»“

Propuestas de La Fragua Projects a la “consulta pública previa a la elaboración de un proyecto normativo consistente en una «ley orgánica contra el racismo, la discriminación racial y formas conexas de intolerancia»“

A continuación, queremos aportar las propuestas elaboradas desde La Fragua Projecs, como una de las organizaciones de la sociedad civil gitana en España y del movimiento antirracista, en la consulta pública mencionada en el encabezado de este documento.

Antes de empezar nuestra exposición queremos hacer mención de la extrema dificultad que tenemos los grupos que sufrimos racismo para participar en una consulta de este tipo. La posibilidad de que se apruebe una ley de esta índole debe contemplar el grado de pobreza estructural en que vive buena parte de la población racializada en España y de las condiciones de vida laboral, personal y de residencia que ello conlleva, precisamente causada por el racismo existente. Por lo tanto, las dificultades objetivas para facilitar la participación son un obstáculo insalvable si no se modifican los plazos, las forma y los recursos. Dicho de otra manera, así solo pueden participar unos pocos privilegiados y debemos entender que eso no es lo deseable, ¿o sí?

Las consultas como esta pretenden acercar a la ciudadanía a la política entendida esta como el espacio de regulación y articulación de lo colectivo, más específicamente en la elaboración de políticas públicas, pero en muchas ocasiones constatamos que esas consultas alejan más a los sectores sociales implicados de la política. La participación debe contar con los tiempos, las formas y los recursos suficientes en todos los casos, pero más aún cuando las condiciones materiales de vida de quienes han de participar están tan condicionadas por las desigualdades y la discriminación de tipo estructural.

Sin más les relacionamos 6 propuestas que esperamos sean consideradas y tenidas en cuenta y sobre todo que sean de utilidad en este debate tan trascendente para este país.

Propuesta 1

Ubicación en el documento:
Página 4.

Argumentación:
El marco político europeo del Pueblo Gitano tiene una amplia agenda y trayectoria, en primer lugar, por ser la mayor minoría en el continente, y sin duda, por llevar más de 6 siglos de presencia en toda Europa con innumerables y tristes episodios de represión y discriminación, teniendo como máximo exponente de estos la “eliminación física” de más de 500.000 personas gitanas en los campos de exterminio nazis, que las y los gitanos llamamos Samudaripen o Porrajmos.

Es por ese motivo que las referencias al marco legal que en toda Europa se desarrolla para el Pueblo Gitano son excesivamente pequeñas e insuficientes en el documento expuesto a consulta. Además, creemos que este marco y agenda propia son de utilidad para otros grupos racializados y por lo tanto, esta propuesta de ley debe cogerlos como referencia.

Pasamos a enumerar algunos de los más relevantes documentos que deberían estar en el redactado de la Ley.

Se propone:
Añadir las referencias más significativas relacionadas y clasificadas a continuación.

TEXTOS LEGALES Y DOCUMENTOS ADOPTADOS POR INSTITUCIONES EUROPEAS/INTERNACIONALES SOBRE ANTIGITANISMO

Consejo de Europa:

Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI):

Parlamento Europeo:

Consejo de la UE:

Parlamento de la UE y Consejo de la UE:

Comisión Europea:

Unión Europea:

Presidencia del Consejo de la UE:

Naciones Unidas (ONU):

MONOGRAFÍAS SOBRE ANTIGITANISMO

MANUALES SOBRE SERVICIOS POLICIALES, DELITOS DE ODIO Y ANTIGITANISMO

ENCUESTAS Y DATOS ESTADÍSTICOS SOBRE DISCRIMINACIÓN A PERSONAS GITANAS Y CASOS DE ANTIGITANSIMO

Propuesta 2

Ubicación en el documento:
Página 5.

Argumentación:
Las referencias a la infradenuncia que aparecen en el texto expuesto a consulta parten de un planteamiento hecho desde el privilegio blanco ya que culpabiliza a las víctimas de no confiar en el Estado que precisamente les reprime. Desarrollemos primero mecanismos de protección y con el paso del tiempo y la implicación de agentes racializados se podrá abordar este hecho. Poner el racismo en la agenda política es de facto un cambio de paradigma ya que significa analizar y modificar la acción y la inacción de las administraciones y no de los grupos racializados.

Se propone:
Eliminar las referencias a la infradenuncia tal y como están o redactarlas de nuevo en la línea de nuestra argumentación.

Propuesta 3

Ubicación en el documento:
Página 5.

Argumentación:
Nos parece insuficiente lo descrito en cuanto a lo que pretende esta ley. Por otra parte, en las propias pretensiones de la ley deben quedar implícita la concepción que el racismo es un fenómeno estructural e institucional, que con el redactado actual se da a entender que no es así.

Se propone:
Añadir los siguientes puntos:

  • Proponiendo leyes de rango superior que puedan modificar otras existentes en las que fundamente la actuación discriminatoria y/o con sesgo racista desde la propia administración pública.
  • Articulando una acción formativa permanente en todos los servicios de atención a la ciudadanía (salud, educación, universidad, medios de comunicación, servicios a la ciudadanía, servicios sociales, servicios registrales y/ digitales, entre otros) especialmente en las fuerzas de seguridad públicas y privadas, que permita a las y los agentes tener conocimiento profundo sobre los derechos humanos, sobre las diferentes formas de racismo que actúan en la actualidad y sobre la discriminación interseccional.
  • Eliminando el racismo y la violencia institucional, estableciendo un control democrático específico (observatorios financiados con fondos públicos) sobre las dinámicas racistas institucionales instauradas (perfil étnico en las detenciones y los abusos policiales existentes, CIES, derechos humanos de las personas migrantes, derecho efectivo a adquirir la condición de refugiado y refugiada).
  • Garantizando que el derecho a empadronarse, como puerta de entrada a derechos fundamentales que es, se hace efectivo sin ninguna restricción ni condicionante en todo el territorio estatal.

Propuesta 4

Ubicación en el documento:
Páginas 6 y 7.

Argumentación:
Las referencias a la infradenuncia que aparecen en el texto expuesto a consulta parten de un planteamiento hecho desde el privilegio blanco ya que culpabiliza a las víctimas de no confiar en el Estado que precisamente les reprime. Desarrollemos primero mecanismos de protección y con el paso del tiempo y la implicación de agentes racializados se podrá abordar este hecho. Poner el racismo en la agenda política es de facto un cambio de paradigma ya que significa analizar y modificar la acción y la inacción de las administraciones y no de los grupos racializados.

Se propone:
Eliminar las referencias a la infradenuncia tal y como están o redactarlas de nuevo en la línea de nuestra argumentación.

Propuesta 5

Ubicación en el documento:
Páginas 6 y 7.

Argumentación:
El antigitanismo está ampliamente definido por organismos internacionales y España debe incorporar esa definición. No hay nada que aclarar. Nos parece peligroso el intento de hacer definiciones propias que se alejen de lo reconocido internacionalmente. En cualquier caso, se puede aclarar conceptos que no estén todavía recogidos en el contexto e instituciones internacionales donde España participa.

Se propone:
Cuando menos eliminar el antigitanismo de los conceptos que se deben aclarar.

Propuesta 6

Ubicación en el documento:
Páginas 6 y 7.

Argumentación:
Los objetivos de cualquier ley son el motor de lo que realmente esos textos se proponen. Entendiendo que esos objetivos no tienen por qué especificar las acciones que después puedan derivar de estos, se necesita mucha mayor “mordida” e impulso político en una ley de este tipo. Por esa razón, para que esta ley pueda ser un instrumento de transformación de realidades muy dolorosas existentes con la complacencia del Estado y sus instituciones muchas de ellas, se necesita introducir elementos muchos más específicos que el texto tenga el enfoque adecuado.

Se propone:
Añadir los siguientes objetivos en la lista existente:

  • Harmonizar e impulsar los recursos ya existentes en las administraciones públicas para que ejerzan de manera efectiva y con suficientes recursos su acción con los grupos o colectivos víctimas del racismo estructural, especialmente las fiscalías provinciales de delitos de odio.
  • Empoderar a los grupos racializados y/o que padecen discriminación étnico-racial a través de su sociedad civil, para que posibiliten un ejercicio pleno de la ciudadanía de sus componentes, desde planteamientos propios, no impuestos y dialogados con las instituciones pertinentes. Especialmente se debe empoderar a las organizaciones y/de la sociedad civil racializada para que realicen el monitoreo de políticas públicas que les afecten directa o indirectamente, así como para la realización de “testings” o ejercicios similares en todo el territorio estatal, sobre el racismo cotidiano (inmobiliario, tanatorios, comercios, centros de salud, comisarías, transportes públicos, entre otros) que posibiliten tener información concreta y datos numéricos reales, de este racismo que afecta profundamente a la salud física y mental de millones de personas en el Estado Español. Estas acciones posibilitarían contribuir al diagnóstico necesario, ya que los que se hacen en la actualidad están marcados por la complacencia blanca/paya) para hacer las regularizaciones pertinentes y efectivas en los distintos ámbitos legislativos y reguladores.
  • Derogar y/o transformar la legislación (Ley de Extranjería, Ley Mordaza, entre otras) y otras regulaciones y reglamentos existentes que contravengan los Derechos Humanos y las convenciones internacionales de las que España es firmante y establecer un organismo consultivo vinculante, compuesto por personas y profesionales que formen parte de la diversidad étnico-racial y de género, que supervise las propuestas de leyes que el poder ejecutivo y legislativo proponga para que cumpla con esta condición de extrema importancia.
  • Establecer “procesos de la verdad y reconciliación” que evalúen los daños ocasionados a los diferentes colectivos (Pueblo Gitano, comunidad afro, Pueblo Judío, Musulmanes, comunidad Amazig) desde la instauración del estado moderno surgido de la colonialidad, para que se puedan establecer verdaderas políticas de reparación, posibilitando de esa manera el conocimiento mutuo y la concordia. Estos procesos deben ser ampliamente divulgados y deben empezar con una petición de perdón encabezadas por la Monarquía, en las que se deroguen las leyes racistas promulgadas, así como todas las sentencias judiciales que se hayan dictado bajo su influencia (sentencias de muerte, condenas a galeras, pragmáticas antigitanas, leyes esclavistas, leyes que posibilitaron el expolio de los pueblos indígenas en Suramérica, entre otras).
  • Acabar con la simbología colonial y racista de las administraciones públicas españolas (12 de octubre como fiesta nacional exaltando el genocidio y el expolio realizado, calles o lugares en todo el territorio estatal con nombres de esclavistas o ejecutores de genocidios [Marqués de la Ensenada, organizador de la Gran Redada en 1.749 que fue el primer intento de genocidio programado y diseñado por poderes públicos en todo el continente con el objetivo de la eliminación física de las personas gitanas en España], las exaltación de los Reyes Católicos como símbolo nacional (en el Congreso de los Diputados, entre otros muchos lugares) sin explicar sin ambigüedades su responsabilidad en la articulación del colonialismo, el antisemitismo y el antigitanismo, y las millones de muertes que estos fenómenos han ocasionado, entre otros.
  • Establecer un Plan Estatal de Comunicación de la Diversidad Étnico-Racial, que articule el papel didáctico contra el racismo y la xenofobia y otras formas conexas de discriminación de los medios de comunicación públicos, así como los privados que quieran optar a financiación y/o ayudas públicas, para que existan programas regularmente emitidos, en horario de media y gran audiencia, sobre la actualidad de los grupos racializados, con la participación de profesionales racializados, que se establezca como una de las principales políticas de construcción de nuevos referentes para el conjunto de la ciudadanía desde los principios de la justicia social y la equidad. Estos medios también deberán establecer cuotas de personal racializado de forma ética y no estética, principalmente en la creación y selección de contenidos, así como los que están delante de las cámaras, los micrófonos o los teclados de sus departamentos de noticias, tomando como referencia y mejorando a la BBC británica o a los noticieros de France TV.
  • Generar un Plan Estatal de Fomento de las Contranarrativas Racializadas, como mejor estrategia contrastada de combate del odio racista en los medios de comunicación y en las redes sociales. Este Plan Estatal deberá estar financiado con fondos públicos y con la participación de las empresas que alojan las redes sociales, que ganando millones de euros diariamente en España y consintiendo de facto la proliferación y dispersión de odio racista en sus plataformas, con un compromiso muy limitado para su eliminación, tiene una gran responsabilidad en el auge de este tipo de discursos y acciones.
  • Establecer como aspectos transversales de las políticas contra el racismo que emanen de esta ley los aspectos relacionados con el género y con la protección de las infancias, especialmente en el ámbito educativo, con sus respectivas historias silenciadas (Pueblo Gitano, la realidad de la colonización y la esclavitud, entre otras), para lo que se tendrá que contar con profesionales racializados y racializadas.

En Madrid, Barcelona, Sevilla y Reus, a 14 de abril de 2022

Documento del Ministerio de Igualdad puesto a consulta pública: